A- de 2015
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Cacterine Moreno Palacios·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
- Reiteración de Jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se recuerda la posición de la Corporación, respecto a que en materia de tutela los únicos conflictos de competencia que existen son aquellos que se presentan por la aplicación o interpretación del factor de competencia territorial reconocido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
Se precisa que, frente al factor territorial el afectado puede interponer la acción de tutela en el lugar donde ocurrió la violación o amenaza de los derechos fundamentales o, en el lugar donde se producen sus efectos.
En el caso concreto se decide la controversia ordenando la remisión del expediente al Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín, para que sin más demoras profiera decisión de fondo que corresponda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto de Sustanciación No. 04207 del 22 de julio de 2015 proferido por el Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín, dentro del expediente ICC-2250.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS el Auto Interlocutorio No. 124 del 27 de julio de 2015 proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia), dentro del expediente ICC-2250.
- Tercero. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Cacterine Moreno Palacios contra Unidad Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), al Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín para que, sin más demoras, profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Cuarto. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.